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Mono no puede reclamar derechos de autor por ‘selfies’, determina una corte de apelaciones

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Un tribunal federal de apelaciones decidió por unanimidad, que los animales no pueden demandar por la protección de los derechos de autor.

El fallo del 23 de abril, vino en el caso de un mono que tomó selfies con la cámara de un fotógrafo de vida silvestre. El fotógrafo luego publicó las fotos.

Un grupo de derechos de los animales demandó, asegurando que el mono era propietario del copyright porque tomó las fotos.

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“Debemos determinar si un mono puede demandar a humanos, corporaciones y compañías por daños y medidas cautelares derivadas de reclamos por infracción de derechos de autor”, escribió el juez Carlos Bea, designado por el presidente George W. Bush para un panel de tres jueces del Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito de Estados Unidos.

“Concluimos que este mono, y todos los animales, ya que no son humanos, carece de estatuto legal bajo la Ley de Derechos de Autor”, dijo Bea.

Naruto, nombrado como el demandante, es un macaco con cresta de 7 años que vive en una reserva en Indonesia. El mono supuestamente tomó varias fotos de sí mismo en 2011 cuando el fotógrafo de vida silvestre David Slater dejó su cámara desatendida.

People for the Ethical Treatment of Animals, conocida como PETA, demandó a Slater en 2015, argumentando que los derechos de autor pertenecían al animal. El grupo y Slater más tarde resolvieron el caso fuera de la corte, pero el 9no Circuito decidió sobre el asunto de todos modos

El juez N. ,Randy Smith, en un acuerdo, calificó el juicio de PETA de “frívolo”.

“El concepto de expandir los derechos de propiedad reales a los animales, requiere resolver qué deberes también vienen con esos derechos pero los animales no pueden comunicarse en nuestro idioma”, escribió.

Dijo que los tribunales federales carecen de la autoridad para escuchar una demanda supuestamente presentada por un animal.

Para leer esta nota en inglés, haga clic aquí.

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