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Los Ángeles prohíbe el acoso de arrendadores contra inquilinos: Lo que debe saber

La ordenanza incluye como acoso reducir o eliminar los servicios de vivienda
La ordenanza incluye como acoso reducir o eliminar los servicios de vivienda, como el estacionamiento, no realizar reparaciones y mantenimiento necesarios.
(ASSOCIATED PRESS)
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La ciudad de Los Ángeles aprueba una ordenanza que prohíbe el acoso a los inquilinos por parte de los arrendadores.

Esto significa que, por primera vez en Los Ángeles, la ley de la ciudad define y codifica las actividades de acoso ilegal, proporcionando una defensa afirmativa para los inquilinos en caso de desalojo, dijo el concejal Gil Cedillo, autor de la ordenanza.

La ordenanza incluye como acoso reducir o eliminar los servicios de vivienda, como el estacionamiento, no realizar reparaciones y mantenimiento necesarios, abusar del derecho a acceder a una unidad de alquiler sin respetar la privacidad, amenazar a un inquilino con daño físico, tergiversar ante el inquilino que él o ella está obligado a desalojar la unidad, negarse a aceptar pagos de renta, y preguntar sobre el estado migratorio de un inquilino.

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“Durante estos tiempos difíciles, los inquilinos que luchan por llegar a fin de mes han sido más vulnerables a perder sus hogares. La ordenanza iniciada antes de la pandemia hará que las tácticas de intimidación y el comportamiento coercitivo del propietario sean ilegales. Los inquilinos de Los Ángeles necesitan una ordenanza estricta contra el acoso para protegerlos del desplazamiento ilegal”, dijo Cedillo.

Según la ordenanza, si ocurre acoso, un inquilino que prevalece en el tribunal puede recibir una indemnización por daños, reembolsos de alquiler por reducción de servicios de vivienda y una compensación razonable por los honorarios del abogado. Un arrendador también podría recibir una multa de hasta $5.000 si el inquilino es mayor de 65 años o está discapacitado.

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Para problemas de reparación o mantenimiento se requiere que el inquilino proporcione por escrito un aviso al arrendador de la presunta violación antes de iniciar un procedimiento civil.

Además, esta regla aumenta las protecciones existentes según las leyes estatales, federales y locales para prohibir y disuadir el acoso a los inquilinos por parte de los propietarios en todas las unidades de alquiler, incluidas las residencias unifamiliares y los condominios, y proporciona al inquilino agraviado un derecho privado de acción y defensa afirmativa en caso de desalojo, expulsión y otras acciones, y convertiría las violaciones en un delito penal.

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