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Parlamento cubano aprueba polémico Código Penal

ARCHIVO -  policías vestidos de civil detienen a un manifestante antigubernamental
ARCHIVO - En esta foto de archivo del 11 de julio de 2021, policías vestidos de civil detienen a un manifestante antigubernamental durante una protesta por los altos precios, la escasez de alimentos y los cortes de energía en La Habana, Cuba.
(Ramon Espinosa / Associated Press)
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El Parlamento cubano aprobó un nuevo Código Penal que modifica las condenas para ciertos delitos y que, según activistas y analistas, está dirigido a afectar la libertad de expresión y acallar posibles protestas.

Tampoco fue bien recibido por grupos de mujeres porque no contempla el feminicidio y hasta por religiosos, por mantener la pena de muerte.

Según el gobierno, en cambio, “es un Código moderno, muy inclusivo”, dijo el presidente del Tribunal Supremo, Rubén Remigio Ferro, a la televisión estatal que transmitió momentos del debate en la Asamblea Nacional. “Apuesta por la prevención y la educación antes que la represión y también prevé las sanciones con el suficiente rigor para las actuaciones más graves... (contra) la paz social y la estabilidad de nuestra nación”.

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La reglamentación sustituye a la de 1987 y deberá pasar por una comisión redactora y publicarse en la Gaceta Oficial antes de entrar en vigor.

Entre las novedades se incorporaron más figuras -o se redactaron de forma diferente- para sancionar actividades que las autoridades consideran “subversivas” o contrarias a la seguridad del Estado.

Se amplió, por ejemplo, un apartado de “atentado” que contempla una pena de hasta cinco años para quien insulte o agreda un agente o un civil que esté cumpliendo su “deber ciudadano” al tiempo que exime de responsabilidad a los uniformados que cometan delitos “en cumplimiento de un deber”.

A su vez establece que se podrá sancionar de 10 a 30 años y, en caso extremo con la pena de muerte, a quien proporcione información a organizaciones no gubernamentales, instituciones internacionales, formas asociativas o cualquier persona natural o jurídica que no esté autorizada por el gobierno.

También castiga con dos a cinco años de prisión a quien “incite” contra el orden socialista, condena que aumenta a 10 años si se usan medios de comunicación para ello. En cambio eliminó una figura denominada peligrosidad predelictiva y que en su momento fue aplicada contra opositores —presumía la comisión de un delito—.

Activistas y opositores dijeron que la normativa es una forma de acallarlos y que abre la puerta a una mayor represión, incluso de cara a unas protestas en julio pasado —algunas de las cuales terminaron en vandalismo —que dejaron un número no determinado de arrestados y decenas de sancionados con altas penas.

Este Código Penal “es una manera más del gobierno de blindarse contra la sociedad civil, contra la disidencia política”, dijo a The Associated Press la activista Saily González, residente de la provincia de Villa Clara que emergió como una voz opositora tras las protestas de julio de 2021.

González criticó también la edad mínima punible de 16 años —que ya venía del viejo Código— y que se criminalice el financiamiento de los activistas a los cuales los propios organismos de seguridad del Estado les impiden trabajar, así como que se endurezcan las sanciones para quienes critiquen a las autoridades.

Organizaciones de derechos humanos señalaron a Cuba por los arrestos y enjuiciamientos a manifestantes de julio pasado, cuyas sentencias alcanzaron hasta los 20 años de prisión bajo la figura de sedición, que se mantiene en el actual Código. Las autoridades dijeron que los tribunales habían actuado apegados a las leyes.

Para los expertos los señalamientos de la oposición son válidos.

“Es importante considerar cuál ha sido el uso del derecho penal en Cuba en los últimos años”, comentó a AP el abogado cubano y becario del Colegio de México, Raudiel Peña. “Está siendo criticado (el Código) porque una buena parte de su contenido está dirigido a sancionar conductas que realizan sectores de la sociedad civil opuestos al gobierno”.

Pese a los aspectos de modernización que Peña vio en la nueva norma, los temores del jurista tienen que ver, por ejemplo, con que las penas por recepción de fondos o acercamiento a organizaciones no gubernamentales se usen para sancionar el ejercicio del periodismo independiente.

El flamante Código Penal también incorporó agravantes en los delitos que involucran violencia de género o contra menores y discapacitados. Sin embargo, se mantuvo la condena de muerte -suspendida de hecho desde 2003- para 23 tipos penales de “extrema gravedad”.

En una inusual muestra de opinión diferente en la Asamblea, medios de prensa oficiales mostraron la disconformidad de la diputada Mariela Castro, hija del expresidente Raúl Castro, quien hizo votar al Parlamento una moción -que perdió- para incluir la figura de feminicidio.

La respuesta se la dio otra diputada, Teresa Amarelle, líder de la oficialista Federación de Mujeres Cubanas, quien aseguró que no era necesario agregar ese tipo penal específico pues ya el código contempla como agravante los motivos de género.

Del mismo modo, la líder religiosa y diputada María Armenia Yi Reina rechazó la inclusión de la pena de muerte, pero su propuesta no avanzó. La sanción máxima -que se ejecuta por fusilamiento- se aplica a delitos como espionaje, alzamiento en armas, grave alteración del orden público o destrucción de bienes estatales, entre otros.

Los diputados de la Asamblea Nacional comenzaron una ronda de sesiones extraordinarias este fin de semana -que se extendieron hasta el lunes- y en las cuales se aprobó un paquete con ocho proyectos de leyes que van desde la protección del medio ambiente y el amparo de los datos personales a la soberanía alimentaria y el nuevo Código Penal.

Las normas son parte de un cronograma legislativo que busca actualizar los reglamentos para adecuarlos a la nueva constitución que entró en vigor en 2019.

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