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Lo que deben saber los salvadoreños sobre la ampliación del proceso de reinscripción al TPS

El salvadoreño Mario Mejía muestra el formulario del TPS durante una jornada de reinscripción a este alivio migratorio.
El salvadoreño Mario Mejía muestra el formulario del TPS durante una jornada de reinscripción a este alivio migratorio en junio de 2013 (Archivo).
(Soudi Jiménez / Los Angeles Times)
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El plazo para reinscribirse al Estatus de Protección Temporal (TPS) fue ampliado de 60 días a 18 meses, así lo dio a conocer el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), algo que celebran los beneficiarios de este programa originarios de El Salvador, Haití, Honduras, Nepal, Nicaragua y Sudán, pero en particular esta medida tiene mayor significado para los salvadoreños a quienes se les vencía el plazo el 10 de septiembre.

Con esta ampliación, según el DHS, significa que los beneficiarios del TPS van a poder enviar los formularios de reinscripción “en cualquier momento durante la extensión de 18 meses”. En el caso de los salvadoreños “pueden continuar presentando la solicitud de reinscripción después de la fecha límite del 10 de septiembre de 2023”, indicó la agencia federal en un comunicado.

Los oriundos de El Salvador tienen ahora hasta el 9 de marzo de 2025 para reinscribirse y no perder los beneficios que brinda este programa.

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“Esta noticia es un gran alivio para miles de beneficiarios del TPS y un resultado directo de la presión política liderada por la comunidad del TPS y sus aliados”, aseguró José Palma, beneficiario de este programa y vocero de la Alianza Nacional TPS, detallando que estaban preocupados de que muchas personas se quedaran fuera de este alivio migratorio porque no estaban informados de este nuevo proceso de reinscripción.

¿Qué es el TPS?
El Estatus de Protección Temporal, conocido como TPS, le fue otorgado a El Salvador luego de los dos devastadores terremotos ocurridos el 13 de enero y el 13 de febrero de 2001. Las personas amparadas a este programa federal tienen un número de seguro social, un permiso de trabajo y protección contra la deportación, entre otros beneficios. Este programa fue aprobado el 9 de marzo de 2001, dando una protección inicial hasta el 9 de septiembre de 2002.
De acuerdo al Registro Federal, las autoridades establecieron que eran elegibles a este pograma las personas salvadoreñas que hayan estado “continuamente presentes físicamente” en Estados Unidos desde el 9 de marzo de 2001, y que hayan “residido continuamente” en Estados Unidos desde el 13 de febrero de 2001.

¿Qué pasa si alguien no se reinscribe en el nuevo plazo estipulado?
“Perderían el estatus de protección”, responde Gabriela Pinto, abogada especializada en inmigración. Al no enviar los formularios de reinscripción como lo establece el DHS, los beneficiarios del programa “perderían el privilegio de tener un permiso de trabajo y estarían acumulando presencia ilegal física nuevamente, y potencialmente estarían expuestos a ser procesados o enviados a corte porque no tienen estatus de protección”, subrayó la abogada Pinto.

¿Cuántos salvadoreños están bajo este programa?
Al inicio del programa, en el 2001, se ampararon a este programa alrededor de 500 mil salvadoreños. Por diferentes motivos, esa cantidad se ha reducido y, en la actualidad, están bajo el TPS alrededor de 239 mil salvadoreños que viven en todo Estados Unidos.

¿Quiénes pueden reinscribirse y cuánto dura esta protección?
Las personas que pueden reinscribirse son las 239 mil personas que desde el 2001 permanecen en este programa. Los beneficiarios que completen y envíen los formularios van a obtener 18 meses más de amparo, es decir que van a gozar de la protección y el permiso de trabajo para el periodo que comprende del 10 de septiembre de 2023 hasta el 9 de marzo de 2025.

¿Puede obtener amparo al TPS alguien que llegó después del 2001?
“No, porque es una reinscripción”, indicó la abogada Pinto.
“No es un registro inicial, la fecha clave es el 13 de febrero de 2001 para ser eligible a esta reinscripción”, explicó Pinto, detallando que las autoridades federales establecen que los beneficiarios deben tener una residencia continua en Estados Unidos desde febrero de 2001, tal como lo estipula el Registro Federal cuando fue aprobado el programa.

¿Dónde pueden reinscribirse?
Las oficinas de abogados de inmigración, organizaciones pro-inmigrantes y los consulados de El Salvador en Estados Unidos ofrecen apoyo para completar los formularios. El servicio que ofrecen los consulados es gratuito, las personas interesadas pueden obtener mayores detalles en el centro de llamadas: 1-888-301-1130 del Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador.

¿Cuál es la situación de este programa en las cortes?
La administración del presidente Donald Trump decidió suspender el TPS para El Salvador a finales de 2017, al igual que para los oriundos de naciones como Sudán, Nicaragua, Haití, Nepal y Honduras. Inicialmente, estaba programado que este amparo finalizara el 9 de septiembre de 2019, pero hasta la fecha sigue en vigor debido a una demanda judicial, conocida como Ramos v. Nielsen, presentada en el 2018 en un tribunal del norte de California, lo que ha permitido que se otorguen otras extensiones.
El DHS publicó, el 10 de noviembre de 2022, una notificación del Registro Federal en la que anunció que los beneficiaros bajo las designaciones de TPS de El Salvador, Honduras, Nepal, Nicaragua, Haití y Sudán mantendrán su estatus mientras la orden judicial en el caso Ramos v. Wolf y la orden de suspensión del procedimiento judicial en Bhattarai v. Nielsen permanecen en efecto, siempre que continúen siendo elegibles de manera individual a TPS.

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