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El estado multa a la cadena de mercados El Súper con $447.000 por no proporcionar la licencia por enfermedad debido al COVID

El mostrador de carnes en la tienda El Súper en Highland Park.
(Jack Flemming / Los Angeles Times)
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El Comisionado Laboral de California ha multado a tres mercados de El Súper por no proporcionar o retrasar la licencia por enfermedad con goce de sueldo complementaria a decenas de trabajadores afectados por el coronavirus.

Bodega Latina Corp., que opera la cadena El Súper, fue multada con más de $447.000 el jueves por presuntas violaciones que afectaron a 95 trabajadores en las tiendas de la empresa en Los Ángeles, Lynwood y Victorville.

“La paga de licencia por enfermedad suplementaria está destinada a proteger a los trabajadores de verse obligados a elegir entre su salud y el sustento de sus familias”, señaló la comisionada de Trabajo del estado, Lilia García-Brower, en un comunicado el martes. “Estas violaciones exponen a los trabajadores, sus familias y los clientes de El Súper a riesgos de salud innecesarios”.

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Según el Departamento de Relaciones Industriales de la entidad, esta es la primera multa por no proporcionar una licencia por enfermedad por coronavirus para los trabajadores del sector alimenticio en virtud de una medida de 2020. La agencia informó que estas multas por presuntas violaciones de una extensión de la ley para 2021 parecían ser las primeras.

El Súper ha disputado los reclamos del estado y comunicó que había presentado una apelación.

“La multa no tiene sentido y defenderemos enérgicamente nuestro historial de cumplimiento”, expresó Eric Rose, vocero de El Súper, en una declaración.

Los funcionarios estatales señalaron que abrieron una investigación el 9 de septiembre de 2020, en respuesta a las quejas de los trabajadores y una remisión de su sindicato. Indicaron que los investigadores encontraron que El Súper no informó a los empleados de sus derechos a la licencia pagada por enfermedad por coronavirus y alegaron que a algunos trabajadores se les instruyó a que trabajaran hasta que recibieran los resultados de sus pruebas, a pesar de tener síntomas de COVID-19.

Según la Ley de Licencia Remunerada por Enfermedad Suplementaria por COVID-19 de 2021, que entró en vigor en marzo después de que expiró una medida estatal anterior, los empleados que no pueden trabajar o teletrabajar debido a razones relacionadas con el coronavirus tienen derecho a una licencia pagada por enfermedad si laboran con un empleador con más de 25 trabajadores. Eso incluye al personal que debe ponerse en cuarentena o aislarse, si están cuidando a un miembro de la familia en cuarentena o que no pueden trabajar o teletrabajar debido a los efectos secundarios relacionados con la vacuna.

La ley es retroactiva al 1 de enero de 2021 y vence el 30 de septiembre de 2021.

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